miércoles, 19 de agosto de 2009

ULTIMA ACTA PARITARIA - 13 Y 18/08/2009

C. E. Nº 552.299-07

En Río Gallegos, 13 de Agosto de 2009, siendo las 16,00 horas, comparecen ante ésta Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social previamente citados; por el CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION, Prof. . Elsa ALONSO, Prof. Marisa OLIVA y la Dra. Lilia GODOY SCHMITD, por la ADOSAC, lo hacen los Profesores Pedro MUÑOZ , Luis YANCE, Marcelo FERLATTI, Gabriel PORRAS; y por AMET el Sr. Daniel ZULIANI, Sr. Raul ROBLES y el Sr. José VILLARROEL, por la Autoridad Laboral lo hacen; el Sr. Fernando CORTÉS.- - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se reanuda la audiencia comenzándose a tratar los siguientes temas:

El CPE agrega al temario el tratamiento de los Expedientes que a continuación se detalla, los cuales fueron girados por la Subcomisión de Legislación, con el Informe Técnico pertinente.

Expediente N° 632.005-CPE-08 Iniciador: Vocalía en representación de Escuelas Públicas y Escuelas Privadas. Extracto: Proyecto "Reducción Jornada Laboral Docente", según Ley Provincial 2884.

Expediente N° 634.690-CPE-08 Iniciador: Secretaría General Extracto: Exceptuar del Decreto N° 140/91 – Licencia para Observaciones, Prácticas de Ensayo y/o Residencia.

En relación al Expediente citado en primer término, se da lectura al informe, aprobándose por unanimidad.

Con respecto al expediente citado en segundo término, se da lectura al Proyecto, y las partes acuerdan las siguientes modificaciones:

Suprimir del Anexo I – Punto 5, la parte pertinente que reza "…en el caso de los agentes, la Disposición Interna, debe ser dictada por la Dirección Provincial de Personal…".

En relación al mismo Punto 5 quedará redactado de la siguiente manera: Recibida la solicitud de licencia, el Directivo/Rector verificará la documentación y dictará la Disposición Interna concediendo la misma "Ad-Referendum" del Consejo Provincial de Educación, si el solicitante cumple con los requisitos establecidos en el Anexo II del presente…"

Eliminar el Punto 6, modificando la correlación numérica.

El Anexo II – Inciso b) quedará redactado de la siguiente manera:

Cronograma con las fechas y horarios en los cuales cumplirá la Observación, Prácticas de Ensayo y/o Residencia, debidamente certificada por el Instituto de Formación o Universidad.

Las correcciones señaladas serán incorporadas al expediente de marras que se remitirá a la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación a sus efectos.

Sobre este tema y en referencia al dictamen (Asesoría Legal y Técnica de la Gobernación) e informe de las distintas áreas que intervinieron (Subsecretaría de la Función Pública y Dirección Provincial de Recursos Humanos), especialmente sobre las recomendaciones de avanzar con la norma, no abarcando al personal de la Ley 591, por ser de tratamiento de la negociación colectiva de otro sector.

La ADOSAC plantea a la Autoridad Laboral, cual es el criterio de la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, o del propio Gobierno cuando por un lado señala que una Paritaria de determinado Sector no debe avanzar sobre otros regímenes, cuando por otro lado se determina la modificación de criterios para el pago de Asignaciones Familiares, en una paritaria específica de otro sector y que luego se lo generaliza para todos sin siquiera haber discutido el tema por ej., en la paritaria docente, donde los sectores gremiales tienen una postura distinta sobre esta temática.

La Autoridad Laboral informa que el planteo será girado a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría, a los efectos de dictaminar al respecto.

Seguidamente se trata el punto relacionado con los cargos de Maestros que queden liberados por aquellos docentes que opten por presentarse al Concurso de Titularización en el Equipo de Abordaje Temprano, acordándose que los mismos quedarán como vacantes para el próximo Concurso Ordinario y serán ofrecidos en la Comisión de Ofrecimientos pertinente.

En otro orden las partes acuerdan homologar las Actas de Paritarias, celebradas en el marco del Acuerdo N° 808/08, a través de instrumento legal del Consejo Provincial de Educación, según las facultades conferidas por Ley 2411.

A continuación se incorpora Nota N° 0363/09 de la Junta de Clasificación Inicial y Especial, que será tramitada para su resolución a través de la Secretaría de Coordinación Administrativa.

Como así también Notas de docentes (GJ – 12 de Agosto/ DMDL 11 de Agosto, MSC, 14 de agosto), a los efectos de que sus reclamos sean evaluados.

Las Entidades Gremiales solicitan se fije fecha y horario de la reunión de la Sub-Comisión Salarial-Laboral, la cual fuera suspendida.

El CPE expresa que la reunión pautada se suspendió en virtud de la asunción del nuevo Ministro de la Cartera de Economía, por tal motivo no se fija fecha, comprometiéndose a realizar las gestiones pertinentes para confirmar la fecha.

AMET plantea que se inicie la titularización de las Escuelas Técnicas Profesionales, de acuerdo a lo solicitado a la Paritaria Central en reiteradas oportunidades, titularizando un cargo y que se haga reserva del otro, conforme a los cargos mencionados en el Acta del día 5 de agosto de 2009. Contemplándose igualmente los cargos de Preceptores y Maestros de Enseñanza Prácticas que fueron transferidos a EGB 3.

ADOSAC expresa que comparte que se debe dar inicio al proceso de titularización de las Escuelas Industriales, en forma paralela con los cargos de Informática e Inglés.

El CPE coincide que hay que comenzar con el tratamiento y efectivización de titularización de las Escuelas Técnicas Profesionales a corto plazo, y opinamos que los inmediatos próximos a concursar deben ser los cargos de los citados establecimientos.

De las Actas de esta Paritaria, específicamente en la del 4 de mayo del corriente año, se había establecido un plan de trabajo para poder abordar los concursos de estos cargos, y en virtud de que este plan esta avanzado, y teniendo en cuenta que las Plantas Funcionales están en las Vocalías del Consejo Provincial como instancia previa a su aprobación por instrumento legal, restaría determinar los cargos que saldrán a Concurso y los requisitos para acceder a los mismos.

Con respecto a los cargos de Inglés e Informática proponemos se realice un relevamiento provincial, en el mismo sentido que se hiciera con los cargos especiales, a través de la Sub-Comisión de Concursos, a los efectos de definir el llamado.

Siendo las 19,20 hs se pasa a cuarto intermedio el martes 18 de agosto de 2009 10,00 a las 12,00 horas, quedando las partes debidamente notificadas.

Siendo las 10,30 horas del día 18 de agosto de 2009, se reanuda la audiencia, con el tratamiento de los siguientes temas:

• Criterio adoptar con el tema de las reservas, en aquellos casos que se planteara una renuncia a posteriori de realizar el concurso.

En relación a este punto se acuerda que el docente que hizo efectivo el resguardo, podrá cambiar su situación de revista, pero el cargo reservado pasa a la Comisión de Ofrecimientos como interinato.

• Preceptores de Escuelas Técnicas Profesionales, carga horaria y su remuneración.

AMET presenta una propuesta con respecto a esta temática consistente en modificar la Escala de Índices por cargo del Escalafón Docente de la siguiente manera:

a) Para el cargo de Jefe de Preceptores Escuela de Educación Técnica Profesional de 98 a 100 puntos.

b) Para el cargo de Preceptores Escuela de Educación Técnica Profesional de 96 a 98 puntos.

Se analiza y debate la misma, acordándose remitir la propuesta a la Sub-Comisión Salarial-Laboral para su tratamiento.

A Continuación la ADOSAC quiere dejar explicitada la denuncia de la implementación del Proyecto de Asistencia Pedagógica Comunitaria, dicho proyecto funcionaria con personal docente y no/docente, sin el cumplimiento de los mecanismo vigentes de nombramiento, con presupuesto del CPE, desconociendo el valor pedagógico de las instituciones educativas. Por lo cual y analizando que ante la necesidad evidenciada de recuperar alumnos en un proceso de enseñanza-aprendizaje, consideramos que el ámbito más adecuado es la "escuela" y por lo tanto es necesario el nombramiento de los "maestros de Apoyo" en las plantas funcionales de las mismas.

El CPE señala que el referido Proyecto se enmarca en la política educativa llevada a cabo por la presente gestión y en el marco de la Ley 2411 – Artículo 62° - Inciso g), de acuerdo a las facultades que le son conferidas al Presidente del organismo.

Por lo cual entiende que lo manifestado por la Entidad Gremial no deja claro el objeto y objetivo de la "denuncia" formulada. De todos modos, como es de público conocimiento, el Proyecto "La Escuela y las Redes Sociales", tiene por objeto ampliar el espacio de aprendizaje de los alumnos que se encuentran en situación de vulnerabilidad educativa, que no alcanza a ser resuelta en el ámbito y horario escolar.

Se establecen redes de trabajo y Convenios con distintas instituciones intermedias de la sociedad como Bibliotecas Populares, Asociaciones Deportivas, Centros de Jubilados, Juntas Vecinales, etc, quienes disponen sus instalaciones para que se desarrollen las clases de apoyo, a los alumnos que lo necesiten, conformando Centros de Apoyo Escolar cercanos al domicilio de los niños y jóvenes.

Los alumnos que tienen prioridad para asistir son aquellos que los docentes de cada uno de los establecimientos escolares determinan, y que a su vez articulan con los docentes de los mencionados Centros acerca de las características de los alumnos, temáticas a abordar. Igualmente pueden acceder otros niños y jóvenes que lo soliciten por poseer domicilio cercano y necesiten de estos espacios.

Para llevar a cabo estas actividades se nombran docentes con experiencia en el nivel, preferentemente en proyectos de características similares. El Proyecto referido es financiado con fondos de la Ley de Financiamiento Educativo.

Asimismo se compromete a modo de ejemplo a traer el registro e informes de este mismo Proyecto

ADOSAC plantea que con este tipo de "políticas compensatorias", no se ataca el problema de fondo que tienen las instituciones, las cuales requieren la incorporación de diferentes cargos para brindar el apoyo necesario a los estudiantes. Este tipo de proyecto atenta contra el sistema educativo.

El CPE expreso en el día de la fecha que paralelamente de acciones socioeducativas desarrolla permanentemente acciones de fortalecimiento institucional y pedagógica.

La ADOSAC, propone que en virtud de la realización de los concursos de titularización en las áreas especiales de los niveles E.G.B., Inicial y Especial se modifique el Calendario Escolar 2009, a los efectos de compartir la fecha del 03 al 20 de Noviembre (Educ. Inicial), la de inscripción de Interinatos y Suplencias de cargos jerárquicos con requisitos estatutarios (Secretaría Técnica y Supervisión) del Nivel E.G.B.

Se acuerda propiciar el dictado del Acuerdo que modifique el Calendario Escolar.

ADOSAC manifiesta la necesidad de crear los cargos de Supervisores en los Niveles Inicial/Especial en las áreas especiales, Inicial (Educación Física, Plástica y Música), Educación Especial (Educación Física, Artes Visuales y Música), por considerar que existe la necesidad pedagógica de cubrir dichos cargos en función de generalizar los planteos pedagógicos didácticos y en función de la matricula de estos Niveles.

Asimismo ratifica la necesidad de cubrir el cargo de Supervisor de Plástica (Zona Norte), dada la necesidad de cubrir el servicio.

Reitera por otra parte se proceda a la creación y cobertura de cargos de Supervisión en la Zona Sur-Oeste, en los distintos niveles de la educación.

Con respecto al último punto el CPE sobre la cobertura del cargo de Supervisión de Artística de Zona Norte, que a sido puesto a consideración ante la Dirección Provincial de EGB, la misma, mediante Providencia N° 636/09, considera que no existe la necesidad de servicio en el presente Ciclo Lectivo y se evaluará su cobertura el próximo año.

En relación al pedido de creación de los cargos de Supervisores, el CPE estima que debe requerirse la información a la Dirección Provincial del Nivel que corresponda sobre la existencia de la necesidad del servicio, conforme a lo señalado por la Entidad Gremial, igualmente se tomará el recaudo, que se instrumentara a través de la Secretaria de Coordinación Administrativa.

ADOSAC considera que ante la necesidad que desde hace tiempo existe y por lo cual fue creado el cargo de Supervisor de Plástica en Zona Norte, y teniendo en cuenta que las matrícula aumenta año a año, es poco clara la decisión de no cubrir dicho cargo.

A continuación AMET reitera el pedido de aumento salarial solicitado en actas anteriores, dado el alto costo de la canasta familiar que ha sufrido desde agosto del 2008 a la fecha, y se hace imprescindible un aumento salarial.

Por su parte ADOSAC ratifica la necesidad de recomposición salarial ante el incesante aumento de los precios de la canasta familiar, alquileres y productos en general a la vez que insta al Gobernador a acompañar y preocuparse por el salario y condiciones de vida de los trabajadores estatales, como bien hacen con los empleados de las empresas privadas.

Asimismo se plantea la falta de respuesta de descuentos mal liquidados y exige la devolución de los descuentos de haberes realizados por las medidas de paro.

El CPE expresa que en caso de existir descuentos mal liquidados que se realicen los reclamos en forma individual para ser canalizado por la vía correspondiente y en lo que respecta a los descuentos de haberes por día de paro, ratifica la medida de los descuentos.

ADOSAC deja constancia de la situación del Polimodal N° 17 de Río Gallegos, el cual está perdiendo clases por deficiencia en el sistema de calefacción desde el principio del ciclo lectivo y solicita al CPE se de soluciones de fondo a la brevedad.

El CPE reitera la necesidad de contar con un Reglamento de Funcionamiento, que las partes deberíamos tener voluntad de confeccionarlo, en virtud de cuanto nos encontremos en situaciones difíciles de resolver, se debe contar con un mecanismo, que cuente con la vigencia de este reglamento, qué pasa en caso de no ponerse de acuerdo con el temario, votaciones, etc.

Así también informa que el CPE comunicara a la Autoridad Laboral, el día y horario de la concreción de la reunión de la Sub-Comisión Salarial-Laboral, a fin de notificar a las partes.

A continuación se trata el tema: Cargos que serán titularizados en las Escuelas Técnicas Profesionales en el próximo llamado a Concurso:

Resta definir en relación a este punto si se concursarán los cargos que son comunes para la Educación Secundaria o solamente aquellos que son específicos de las Escuelas Técnicas,

AMET solicita se titularice todos los cargos consignados en el Acta de fecha 5 de agosto de 2009.

ADOSAC comparte el criterio entendiendo que debe fijarse primeramente los criterios generales y las etapas de desarrollo de los mismos.

El CPE solicita se requiera a la Comisión de Concursos efectué el relevamiento de los cargos comunes de las Escuelas Técnicas Profesionales con el resto de las Instituciones de Educación Secundaria del Sistema, como así también los cargos de Inglés e Informática de EGB.

Asimismo se acuerda que se analizará especialmente la situación de los docentes designados en los cargos Maestro de Enseñanza Práctica-Jefe de Sección de Escuelas Técnicas Profesionales, que no cuenten con un cargo base licenciado. Las partes deberán realizar propuestas de solución, a fin de consensuar el criterio a adoptar.

Se fija audiencia para el 1° de septiembre de 2009, a las 15,00 horas, en esta misma sede, quedando las partes debidamente notificadas

Siendo las 14,00 horas sin más temas que tratar, se firman cuatro ejemplares, a modo de exteriorización.

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